Santo Domingo.- El presidente del Senado, Ricardo De los Santos, aclaró que en la reciente modificación a la Constitución no se le otorga al Presidente de la República la facultad de cubrir vacantes a nivel municipal.
“En la modificación a la actual Constitución, el inciso II del artÃculo 274 establece que: “En caso de existir un vacío en la línea sucesoria a nivel municipal, la ley establecerá el mecanismo que se utilizará para cubrir las vacantes. †. No le otorga al Presidente de la República la facultad de hacerlo”, afirmó.
En la modificación a la actual Constitución, la fracción II del artículo 274 establece que: “En caso de existir un vacío en la línea sucesoria a nivel municipal, la ley establecerá el mecanismo a utilizarse para cubrir las vacantes”. No otorga poderes al Presidente de la República… Ricardo De Los Santos (@ricardodlsanto3) 27 de octubre de 2024
De los Santos hizo la aclaración para evitar confusiones en la interpretación que se pueda dar a este artículo, específicamente en relación al caso ocurrido tras la renuncia del alcalde y vicealcalde de La Vega.
Al respecto, aún no se lleva a cabo la elección de un reemplazante del alcalde renunciante Kelvin Cruz luego de ser designado ministro de Deportes, mientras un bloque de partidos de oposición exigió a la Junta Central Electoral (JCE) realizar elecciones. extraordinario en La Vega a nivel municipal.
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