La Asamblea Nacional Revisora ​​aprobó en segunda lectura la modificación de la Constitución de la República.

El presidente de la asamblea, Ricardo De Los Santos, agradeció el trabajo y participación de los legisladores de las diferentes organizaciones políticas. Dijo que serán informados oportunamente la fecha de la proclamación de la Carta Magna, con sus nuevas modificaciones.


Artículos aprobados

El proyecto de ley, entregado por la Asesoría Jurídica del Gobierno, contiene la modificación de 10 artículos, los cuales fueron variados por los congresistas, luego de que la comisión bicameral encargada de estudiarlo escuchó la postura de distintos sectores de la sociedad.

Además, aprobaron modificar el artículo 166 para cambiar el Procurador General Administrativo por el Procurador General de la Administración Pública.

Poder ejecutivo

Asimismo, el artículo 167 señala estos requisitos para que la denominación de esta entidad dependiente del Poder Ejecutivo sea Procuraduría General de la Administración Pública.

En tanto, también registró variaciones en el artículo 169, donde detalla la definición y funciones del Ministerio Público. En este artículo se agregó al texto “formular e implementar la política de persecución penal”, dejando el resto igual.

En cuanto al artículo 171, que indica la forma de elección del titular de la Procuraduría General de la República (PGR), fue modificado para que sea elegido por el Consejo Nacional de la Judicatura (CNM).

El titular no podrá tener ningún tipo de vinculación con organizaciones políticas en los 5 años anteriores y tendrá un período de inamovilidad por un período de 2 años. Asimismo, incluyeron en los artículos 178, de integración, y 179, de funciones, del Consejo Nacional de la Judicatura al presidente de la Corte Constitucional como parte del jurado que debe formar parte del proceso de selección.

Asimismo, se aprobó la unificación de las elecciones municipales, del Congreso y presidenciales para el periodo electoral 2032, establecido en el artículo 209 sobre asambleas electorales.