En un recurso urgente de desacato, la defensa de la artista revela que, contrariamente a lo ordenado por el tribunal, las hermanas González no se presentaron a la primera reunión que se determinó como parte del acuerdo alcanzado en la corte el 19 de diciembre.
“Ninguno de ellos se presentó y sus representantes legales no estaban debidamente preparados para abordar los temas que se les indicó abordar en la reunión. Inicialmente se alegó que Mireddys González se encontraba mal. Luego se admitió que simplemente no quiso asistir y, en lo que respecta a la señora Ayeisha González, simplemente no le dio la voluntad de asistir y ella no fue”, señala la moción de ocho páginas.
Asimismo, se alega que los imputados “ni acudieron a la reunión ni dejaron información o documentos a sus clientes para que estos los proporcionaran. Se hizo evidente que tanto las ausencias como la falta de información y documentación disponible para su entrega oportuna respondían a una despreciable estrategia diseñada para impedir una transición ordenada”.
Asimismo, los abogados del artista indican que, luego de varios recursos del suscrito para cumplir con lo dispuesto por el tribunal, “los representantes de los imputados optaron por proyectar que estaban haciendo esfuerzos para buscar información que no tenían”. disponible para proporcionar según lo ordenado”.
“Esto después de afirmar que estaban en casa de Mireddys y no tenían tiempo para Navidad o aún se estaban mudando de las oficinas de la calle Parque, o tantas otras excusas. La espera duró tres horas. Lo cierto y definitivo es que el imputado no estaba preparado ni interesado en cumplir la sentencia dictada”, agregaron.
La representación del artista, integrada por Carlos Díaz Olivo y Anabelle Torres Colberg, resalta en el documento, analizado por El Nuevo Día, los múltiples intentos infructuosos que realizaron para acceder a datos de las corporaciones El Cartel Records y Los Cangris.
“Como consecuencia del incumplimiento de lo acordado e instruido por el Tribunal, los demandados y sus representantes omitieron intencionalmente colocar a Ayala Rodríguez en condiciones de asumir un control cierto y responsable de los asuntos, cuentas, bienes y registros de la corporaciones. y, en consecuencia, de su carrera artística”, añadió el equipo jurídico.
“Contrariamente a lo ordenado por el Tribunal, los demandados se han negado a ceder el control a las sociedades y pretenden dotarse y perpetuarse en los órganos de dirección de las entidades, desde donde también pretenden controlar sus carreras, continuando así con la interferencia y perturbación de la carrera del demandante y encubrimiento de la mala administración de las entidades, luego de haber roto su confianza aquí en el demandante”, resaltaron también los abogados.
La defensa alega que Raymond Ayala Rodríguez, nombre del artista, “sigue ciego sobre las corporaciones, el alcance de las obligaciones y limitaciones en sus composiciones, libros contables e incluso cuentas bancarias”.
“Más gravemente, los demandados han intentado, con la entrega de las únicas cosas intrascendentes entregadas, algunas contraseñas incompletas y los dos libros corporativos, engañar a la Honorable Corte y engañar una vez más al demandante”, mencionaron.
“Al hacerlo, los demandados también han eludido al Tribunal y nos encontramos, a todos los efectos prácticos, en la misma posición que cuando se presentó la petición de orden judicial ante este Tribunal. Un procedimiento así en desacato y burla a la autoridad de la Corte no puede permitirse y requiere una reivindicación inmediata”, resaltaron.
La defensa del artista afirmó que no se puede permitir que los acusados continúen “con la estrategia de incumplir deliberadamente sus obligaciones, responsabilidades y ya la sentencia dictada, para obligar al demandante a recurrir ante el Tribunal, y luego convertirse en “las víctimas”. de las consecuencias. que supuestamente estos sufren por ventilar públicamente su incumplimiento”.
Lo que alegan las hermanas González
Por su parte, la representación legal de las hermanas González presentó un recurso alegando que la reunión se realizó en el despacho de Pilar B. Pérez Rojas para tratar asuntos relacionados con la transición de la demandante y la presidencia de las corporaciones.
En el documento, el equipo legal alega que sus clientes no estaban físicamente presentes, sino que “estuvieron disponibles telefónicamente”.
“Durante el transcurso de la reunión, los abogados del demandante recibieron los libros y sellos sociales, así como varios otros documentos y accesiones. “Las partes aquí comparecientes continúan buscando información adicional que fue solicitada por la representación legal del demandante, la cual no estuvo disponible de inmediato para ser proporcionada”, dijeron.
Asimismo, mencionaron que al inicio de la junta se evidenció confusión “entre la percepción del demandante y su representación legal respecto de lo que se iba a entregar esta mañana, toda vez que las partes aquí comparecientes entendieron que en el acta se especificaba que la sociedad se entregarían los libros y que se trabajaría en el proceso de transición, en particular la forma de salvaguardar los $75,000,000.00 que el tribunal ordenó mantener intocables y el límite impuesto por el tribunal a que cualquier “Transacción mayor a $100,000.00 deberán contar con la autorización de ambas partes para poder realizar el desembolso.”
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