Según el documento emitido el martes 5 de noviembre, indica que las personas que acojan a los extranjeros serán su garante.
“La resolución ordena que los extranjeros en tránsito en el municipio no podrán permanecer por un período mayor a 30 días, prorrogables por igual período, sin ser debidamente notificado al Ayuntamiento de Santo Domingo Este, por quien proporciona refugio y que cumple con las normas y sus leyes. Además, se convierte en garante legal de su huésped”, indica la ordenanza con las autoridades de la SDE que busca establecer la obligatoriedad de un registro municipal o empadronamiento de todas las personas domiciliadas dentro del municipio.
Asimismo, el reglamento establece que las asociaciones de vecinos deberán elaborar un formulario que incluya datos básicos de los residentes como nombre, dirección, contacto, economía y asistencia social, tanto en formato físico como digital, que será requerido por el Departamento de Registro Civil de la oficina del alcalde.
En el caso de sectores que no cuenten con junta de vecinos, la inscripción o inscripción de hogares será realizada por los promotores del departamento de desarrollo comunitario.
También establece que los propietarios de inmuebles en alquiler deberán notificar el perímetro al presidente de la Junta Vecinal y al mismo tiempo al Registro Civil del Ayuntamiento, depositando copia del contrato de alquiler y del DNI.
Para la aplicación de la norma, instruye al Ayuntamiento de Santo Domingo Este a lanzar una campaña de concientización de noventa (90) días para que se comprenda el beneficio de la ejecución del Registro Municipal.