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miércoles, mayo 20, 2026

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Santo Domingo, RD. – A partir del 6 de agosto de 2026, los miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas que impidan a ciudadanos grabar actuaciones oficiales podrían enfrentar penas de prisión de entre 15 días y un año, según lo establece el artículo 275 del nuevo Código Penal dominicano contenido en la Ley 74-25.

La nueva legislación contempla sanciones para aquellos agentes que obstaculicen grabaciones durante arrestos, allanamientos, requisas, desalojos u otros procedimientos realizados en funciones públicas. Además de prisión, la norma incluye multas económicas, suspensión de funciones y hasta destitución de la institución.

El abogado César Amadeo Peralta explicó que esta disposición representa un cambio importante en el sistema jurídico dominicano y busca disminuir los abusos de poder cometidos por agentes durante intervenciones oficiales.
La normativa también advierte que, si un militar o policía destruye celulares, cámaras o agrede físicamente a la persona que realiza la grabación, podrían sumarse otros cargos penales por destrucción de propiedad privada y agresión física.

Sin embargo, el nuevo Código Penal establece excepciones cuando la grabación interfiera directamente con el trabajo del agente o ponga en riesgo su integridad física.
Juristas consideran que esta medida fortalece los derechos ciudadanos y promueve una mayor transparencia en las actuaciones de los cuerpos de seguridad del Estado.

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